20-03-2019 - 11:54 - fruta
El Diario Oficial de la Unión Europea ha publicado este martes el Reglamento Delegado 2019/428 por el que la Comisión Europea modifica el Reglamento de Ejecución 543/2011 sobre las normas de comercialización en el sector de las frutas y hortalizas.
El texto explica que la modificación adecúa la legislación comunitaria hortofrutícola a las normas de calidad de los productos agrícolas de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE/ONU) en lo relativo a los productos envasados.
Los productos sujetos a la nueva normativa son las manzanas, cítricos, kiwis, lechugas, escarolas de hoja rizada y escarolas de hoja lisa, melocotones y nectarinas, peras, fresas, pimientos dulces, uvas de mesa y tomates.
Las normas de la CEPE/ONU -apunta el Reglamento 2019/428- exigen que el código ISO 3166 de país o zona se indique junto con el código identificativo que represente al envasador o al expedidor cuando la dirección física del envasador o del expedidor se encuentre en un país distinto del país de origen de los productos.
Los agentes económicos dispondrán hasta el 31 de diciembre de 2019 para adaptarse a este cambio en el sistema de códigos.